Gestión Integral de Calidad de Aire y RETC

Solicitud de Permiso de Quema a Cielo Abierto

DATOS DEL TRÁMITE

I.  Nombre del Trámite
Solicitud de Permiso de Quema a Cielo Abierto
Costo: $1,156.00
II. DependenciaSubsecretaría de Gestión Ambiental
III. ObjetivoAutorizar la quema de cualquier material combustible, en la que los productos de la combustión se emiten directamente a la atmósfera sin pasar a través de una chimenea.
IV.  UsuariosPersonas Físicas o Morales
V.   Documento que se Obtiene

Permiso de Quema Cielo Abierto.

 

VI. Oficinas Receptoras

Ventanilla(s) Únicas de la Secretaría

REGIÓN SURESTE
Centro de Gobierno 2º piso, Carr. 57 km. 6.5 con Blvd Centenario de Torreón, Saltillo, Coahuila.
Teléfono: 84469810 98 Ext. 7252
Horario de Atención: 9:00 – 13:00 horas
REGIÓN LAGUNA
Calle Avenida de las piedras #350, Residencial del Norte, Torreón, Coahuila.
Teléfono:  87173023 00
Horario de Atención: 9:00 – 13:00 horas

VII.  Requisitos de
      Presentación

  1. La solicitud debidamente elaborada la cual se describe en el apartado VII, la cual deberá ingresarse a la Secretaría cuando menos 10 días antes de la fecha que se tenga programado el evento.
  2. Copia del instrumento que acredite la personalidad de su Representante Legal;
  3. Documento que acredite al prestador de servicios en caso de contratar alguno
  4. Copia del comprobante de pago de servicios.
  5. Copia del instrumento público que acredite la propiedad o situación legal del predio.
VIII. Fundamento Jurídico
Artículo 34 del Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.

OBSERVACIONES:

1.- Queda prohibida la quema a cielo abierto en bienes y fuentes de jurisdicción estatal, salvo cuando se realicen al amparo del permiso por escrito de la Secretaría, cuando:
I. Tenga por objeto instruir y capacitar al personal encargado del combate de incendios; y
II. Existan razones debidamente justificadas a juicio de la Secretaría.

2.- La Secretaría podrá negar o en su caso suspender de manera temporal o definitiva el otorgamiento del permiso, cuando se presente alguna contingencia o emergencia ambiental en la zona, el predio no reúna las condiciones de seguridad, pueda afectar la salud de las personas, su patrimonio o los ecosistemas, o cuando a juicio de la Secretaría las condiciones meteorológicas sean desfavorables para llevar a cabo la combustión. También puede negarse en el caso de que se proponga el uso de algún combustible que sea alto en contaminación, etc.

3.- Las solicitudes que se recaban en las Ventanillas Únicas deberán entregarse en dispositivo USB.
4.- La información y sus anexos deberá entregarse en su totalidad y con firmas autógrafas.

5.- Es necesario agendar cita para el ingreso del trámite.