Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC)
2022
I. Introducción
El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) es una base de datos pública nacional integrada por las emisiones a los diferentes medios (aire, agua y suelo) y transferencias en Residuos Peligrosos, Residuos Sólidos Urbanos, Residuos de Manejo Especial y descargas en agua residual a cuerpos receptores nacionales, estatales y municipales de 200 sustancias, las cuales son manifestadas por los establecimientos sujetos a reporte
La integración de las bases de datos generadas por los municipios y las entidades federativas en el RETC estatal y municipal, respectivamente, dan como resultado la integración del documento e informe del RETC nacional, el cual es comparable con los RETC nacionales generados por otros países, tales como Estados Unidos de América y Canadá, lo anterior en el marco del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC).
La herramienta que permite la integración del RETC del estado de Coahuila de Zaragoza, es la Cédula de Operación Anual (COA) estatal, la cual es un instrumento de reporte y recopilación de información de emisiones y transferencias de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y residuos de manejo especial que es empleada para la actualización de la base de datos del registro.
Para el año de reporte 2022, el proceso de entrega recepción de la COA se realizó nuevamente en línea a través de una plataforma que se habilitó para tal efecto. El periodo de recepción de las cédulas se extendió hasta el 05 de mayo.
En la COA, la cual está integrada por seis secciones, los establecimientos sujetos a reporte informan a la Secretaría de sus actividades productivas, el consumo de energía, la quema de combustibles fósiles, el consumo de agua, así como de sus emisiones y transferencias de contaminantes durante el año inmediato anterior, entregando este reporte en el periodo comprendido del 01 de enero al 30 de abril.
En el estado de Coahuila de Zaragoza existen 2752 establecimientos que tienen la obligación de presentar Cédula de Operación Anual ante la Secretaría ( de acuerdo con el DENUE 2023) y son todos aquellos que realizan actividades consideradas de jurisdicción estatal en materia de emisiones a la atmósfera (fuente fija estatal), los considerados como grandes generadores de residuos de manejo especial, los prestadores de servicios que realizan una o más de las etapas de separación, reutilización, acopio, recolección, almacenamiento, traslado, transporte, co-procesamiento, tratamiento, reciclaje y disposición final de residuos de manejo especial, así como aquellos que descarguen aguas residuales en los cuerpos receptores de competencia estatal.
II. Resultados
El RETC del estado de Coahuila año de reporte 2022, está integrado por 973 establecimientos que entregaron en tiempo y forma la Cédula de Operación Anual (COA) ante la Secretaría de Medio Ambiente y un establecimiento que entregó de manera extemporánea, de los cuales 229 empresas reportaron en su COA 121 sustancias de las 200 consideradas como perjudiciales a la salud o al medio ambiente, clasificadas de la siguiente manera:
La información contenida en el RETC permitirá proponer políticas pertinentes para preservar y proteger el medio ambiente. Así mismo al disponer de información de emisiones y transferencias de contaminantes que se generan en el territorio se podrá conocer con mayor certeza la infraestructura ambiental requerida; las fuentes emisoras estarán en condiciones de evaluar su desempeño y podrán identificar sus áreas de oportunidad para la reducción de sus emisiones y transferencias de contaminantes. El RETC del estado de Coahuila de Zaragoza se ha venido fortaleciendo con el incremento sostenido en el número de COAs entregadas y con la mejora en la calidad de la información, lo cual se ha logrado con una intensa campaña de capacitación en todo el estado y con la habilitación de la COA en línea Para el periodo de este informe recibimos, revisamos, evaluamos y publicamos la información contenida en 973 COAs, lo cual representa un 6.3 % más que el año pasado, en la siguiente gráfica se ilustra el comportamiento histórico en la entrega de COAs. |
EMISONES DE SUSTANCIAS RETC AL AIRE AÑO DE REPORTE 2022 | ||
---|---|---|
N° | SUSTANCIA | CANTIDAD (kg/año) |
1 | ACETALDEHÍDO (75-07-0) | 6.4514281000000002 |
2 | ACROLEINA (107-02-8) | 0.78147447000000003 |
3 | ANTIMONIO TRIÓXIDO (1309-64-4) | 8.7999999999999998E-5 |
4 | ARSÉNICO(4) (7440-38-2) | 0.231540577 |
5 | BENCENO (71-43-2) | 5359.9487900000004 |
6 | BIÓXIDO DE CARBONO (124-38-9) | 1348228992 |
7 | BIÓXIDO DE NITRÓGENO (10102-44-0) | 1535592.75 |
8 | BROMOFORMO (75-25-2) | 17.962 |
9 | BUTADIENO (106-99-0) | 0.33580999 |
10 | CADMIO4 (7440-43-9) | 0.35383219999999999 |
11 | CIANUROS INORGÁNICOS/ORGÁNICOS (57-12-5) | 6.5622189999999997E-2 |
12 | CLORODIFLUOROMETANO (HCFC-22) (75-45-6) | 563246.28 |
13 | CLOROFORMO (67-66-3) | |
14 | CROMO4 (7440-47-3) | 2.1436091300000002 |
15 | CUMENO (98-82-8) | 19.239000000000001 |
16 | DICROMATO DE POTASIO (7778-50-9) | 5.0000000000000001E-3 |
17 | DIISOCIANATO DE DIFENILMETANO POLIMÉRICO (9016-87-9) | 4297869.0199999996 |
18 | DIÓXIDO DE CLORO (10049-04-4) | 10000 |
19 | ESTIRENO (FENIL-ETILENO) (100-42-5) | 33662.11 |
20 | FENOL (108-95-2) | 5245.4669999999996 |
21 | FORMALDEHÍDO (50-00-0) | 3361.75405 |
22 | FOSFATO DE TRIS(2,3-DIBROMOPROPILO) (126-72-7) | 0.38 |
23 | HIDROFLUOROCARBONOS | 58054.080000000002 |
24 | MERCURIO4 (7439-97-6) | 9.0816499999999994E-2 |
25 | METANO (74-82-8) | 1978865.69 |
26 | METILENO BIS(FENILISOCIANATO) (101-68-8) | 2865249.35 |
27 | NÍQUEL4 (7440-02-0) | 0.70946677000000002 |
28 | NITRATO DE PLATA (7761-88-8) | 0.05 |
29 | OXIDO NITROSO (10024-97-2) | 103700.125 |
30 | PLOMO4 (7439-92-1) | 2.3873521900000001 |
31 | TOLUENO (108-88-3) | 4332.93282 |
32 | XILENO (MEZCLA DE ISÓMEROS) (1330-20-7) | 11799.211439999999 |
Cuadro 2. Sustancias RETC emitidas al aire año de reporte 2022.
EMISONES DE SUSTANCIAS RETC AL AGUA AÑO DE REPORTE 2022 | ||
N° | SUSTANCIA | CANTIDAD (kg/año) |
1 | ARSÉNICO(4) (7440-38-2) | 14463.4784 |
2 | CADMIO4 (7440-43-9) | 2927.45839 |
3 | CIANURO DE HIDRÓGENO (74-90-8) | 14420 |
4 | CIANUROS INORGÁNICOS/ORGÁNICOS (57-12-5) | 45.945246 |
5 | COMPUESTOS DE CROMO6 | 0.01573 |
6 | COMPUESTOS DE MERCURIO6 | 0.00861632 |
7 | COMPUESTOS DE NÍQUECOL-LG-6 | 18.994152 |
8 | COMPUESTOS DE PLOMO6 | 0.01332 |
9 | CROMO4 (7440-47-3) | 155.16372 |
10 | FENOL (108-95-2) | 0.6397 |
11 | MERCURIO4 (7439-97-6) | 144.958505 |
12 | NÍQUEL4 (7440-02-0) | 144248.61 |
13 | PLOMO4 (7439-92-1) | 14475.2626 |
Cuadro 3. Sustancias RETC emitidas o transferidas en agua año de reporte 2022. FUENTE: SMA 2023.
Actualmente el marco legal del RETC hace posible su instrumentación en las entidades federativas y municipios fortaleciendo la obtención de información ambiental para el Registro, permitiendo vincular políticas y estrategias. El RETC a nivel nacional será integrado gradualmente conforme las entidades federativas y municipios avancen en la recopilación y entrega de su información ambiental.
La información pública legal del RETC es: nombre del establecimiento, ubicación y cantidad emitida o transferida de una lista de 200 sustancias, además de las emisiones de contaminantes criterio de las fuentes fijas.
Este registro tiene su fundamento legal en el artículo 109 bis de La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 99 de La Ley del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza y 4 fracción II de su Reglamento en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, e integrará información de las diferentes fuentes emisoras de competencia de los tres órdenes de gobierno. La información del RETC será actualizada anualmente y estará disponible al público.
III. Principios del RETC
Los principios que guían la instrumentación de un RETC en México y que buscan proporcionar información básica sobre emisiones y contaminantes son:
La transparencia y objetividad de la información.
• Acceso público a información ambiental.
• Proporcionar información que apoye la identificación y evaluación de posibles riesgos humanos y al medio ambiente, indicando las fuentes y cantidades de emisiones potencialmente peligrosas y las transferencias a todos los medios.
• Apoyo al sector privado en sus programas de responsabilidad integral, competitividad y mejora de su desempeño ambiental.
• Soporte al gobierno para la definición, aplicación y seguimiento de programas, metas, objetivos y estrategias.
IV. Fundamento legal del RETC.
El RETC tiene su fundamento legal en el Artículo 109 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el cual establece la obligación para la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, de integrar un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y residuos de su competencia, así como de aquellas sustancias que determine la autoridad correspondiente; el Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (Reglamento RETC), además en el artículo 99 de La Ley del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza y su Reglamento en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Los Reglamentos en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de La Ley del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza son publicados el 3 de junio de 2004 y 6 de julio de 2010 respectivamente y en ellos se definen y establecen las bases para la integración de la información de emisiones y transferencia de contaminantes. De manera adicional, definen el marco de coordinación entre la Federación, el gobierno del Distrito Federal, los Estados y los Municipios, para incorporar al Registro la información de sus respectivas competencias y consolidar un RETC Nacional. También establece la administración y operación del Registro y define las reglas para la divulgación de la información ambiental de carácter público.
La Norma Oficial Mexicana NOM-165-SEMARNAT-2013, establece la lista de 200 sustancias que se integrarán al RETC, las cuales son prioritarias para nuestro país por tener el potencial de ocasionar daños al ambiente, a la salud del ser humano o a los ecosistemas cuando son emitidas o transferidas.
V. Usos y beneficios del RETC.
• Actualizar periódicamente la información del RETC permite realizar acciones en beneficio de la sociedad, entre las que destacan las siguientes:
• Elaborar inventarios de residuos.
• Integrar inventarios de Compuestos y Gases de Efecto Invernadero,
• Inventarios de sustancias químicas.
• Inventarios de Sustancias Agotadoras del Ozono (SAO).
• Inventarios de emisiones de Compuestos Orgánicos Persistentes (COP´s)
• Generar instrumentos normativos.
• Sentar las bases para la implementación de programas de producción más limpia.
• Integrar inventarios de emisiones a la atmósfera.
• Modelación de emisiones de fuentes fijas.
• Elaboración de estudios del efecto en la salud de los contaminantes del aire.
IV. Fundamento legal del RETC
El RETC tiene su fundamento legal en el Artículo 109 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el cual establece la obligación para la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, de integrar un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y residuos de su competencia, así como de aquellas sustancias que determine la autoridad correspondiente; el Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (Reglamento RETC), además en el artículo 99 de La Ley del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza y su Reglamento en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Los Reglamentos en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de La Ley del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza son publicados el 3 de junio de 2004 y 6 de julio de 2010 respectivamente y en ellos se definen y establecen las bases para la integración de la información de emisiones y transferencia de contaminantes. De manera adicional, definen el marco de coordinación entre la Federación, el gobierno del Distrito Federal, los Estados y los Municipios, para incorporar al Registro la información de sus respectivas competencias y consolidar un RETC Nacional. También establece la administración y operación del Registro y define las reglas para la divulgación de la información ambiental de carácter público.
La Norma Oficial Mexicana NOM-165-SEMARNAT-2013, establece la lista de 200 sustancias que se integrarán al RETC, las cuales son prioritarias para nuestro país por tener el potencial de ocasionar daños al ambiente, a la salud del ser humano o a los ecosistemas cuando son emitidas o transferidas.
V. Usos y beneficios del RETC
• Actualizar periódicamente la información del RETC permite realizar acciones en beneficio de la sociedad, entre las que destacan las siguientes:
• Elaborar inventarios de residuos.
• Integrar inventarios de Compuestos y Gases de Efecto Invernadero,
• Inventarios de sustancias químicas.
• Inventarios de Sustancias Agotadoras del Ozono (SAO).
• Inventarios de emisiones de Compuestos Orgánicos Persistentes (COP´s)
• Generar instrumentos normativos.
• Sentar las bases para la implementación de programas de producción más limpia.
• Integrar inventarios de emisiones a la atmósfera.
• Modelación de emisiones de fuentes fijas.
• Elaboración de estudios del efecto en la salud de los contaminantes del aire.
VI. Resultados RETC municipal.
El RETC de este año está conformado por 973 Cédula de Operación Anual (COA) reportadas a la Secretaría de Medio Ambiente y 225 que se recibieron en los municipios de Acuña, Ramos Arizpe, Saltillo y Torreón.
Por lo cual el RETC municipal está integrado por 225 Cédulas de Operación Anual, de las cuales manifiestan que usan y/o generan 3 de las 200 sustancias que integran el listado ellos realizan alguna transferencia (aire, agua y suelo) y Residuos Sólidos Urbanos, Residuos de Manejo Especial y descargas en agua residual a cuerpos receptores nacionales, estatales y municipales
ÁREA DE TRANSFERENCIA | N° DE SUSTANCIAS |
Aire | 3 |
Agua | 0 |
Disposición final | 1 |
Cuadro 1. Sustancias emitidas o transferidas reportadas durante 2022.
Fuente: SMA Direcciones de medio ambiente municipales 2023.
EMISONES DE SUSTANCIAS RETC AL AIRE AÑO DE REPORTE 2022 | ||
N° | SUSTANCIA | CANTIDAD (kg/año) |
1 | BIÓXIDO DE CARBONO (124-38-9) | 5291.46325 |
2 | METANO (74-82-8) | 1125.22992 |
3 | OXIDO NITROSO (10024-97-2) | 71125.8167 |
Cuadro 2. Sustancias RETC emitidas al aire año de reporte 2022.
FUENTE: Direcciones de medio ambiente municipales 2023.
N° | SUSTANCIA | CANTIDAD (kg/año) |
1 | BIÓXIDO DE CARBONO (124-38-9) | 122.09 |
Cuadro 3. Sustancias RETC emitidas o transferidas en la disposición final de los Residuos Sólidos
Urbanos (RSU) año de reporte 2022.
FUENTE: Direcciones de medio ambiente municipales 2023.
Área responsable:
Subsecretaría Gestión Ambiental
Coordinación de Cambio Climático, Gestión Integral de Calidad de Aire y RETC
Noviembre, 2023
Para facilitar el envío de sus informes semestrales de RME del periodo 1 de noviembre 2022 al 30 de Abril 2023 hemos implementado un sistema de recepción, al cual pueden acceder en la liga: