Gestión Integral de Calidad de Aire y RETC

Solicitud de Exención de medición directa en ductos y chimeneas

DATOS DEL TRÁMITE

I.  Nombre del Trámite

Solicitud de Exención de medición directa en ductos y chimeneas.

 
Costo: N/A
II. DependenciaSubsecretaría de Gestión Ambiental
III. ObjetivoExentar la medición directa en ductos y chimeneas de fuentes fijas .
IV.  UsuariosPersonas Físicas o Morales
V.   Documento que se Obtiene

Exención de medición directa en ductos y chimeneas.

 

VI. Oficinas Receptoras

Ventanilla(s) Únicas de la Secretaría

REGIÓN SURESTE
Centro de Gobierno 2º piso, Carr. 57 km. 6.5 con Blvd Centenario de Torreón, Saltillo, Coahuila.
Teléfono: 8446981098 Ext. 7252
Horario de Atención: 9:00 – 13:00 horas
REGIÓN LAGUNA
Calle Avenida de las piedras #350, Residencial del Norte, Torreón, Coahuila.
Teléfono: 8717302300
Horario de Atención: 9:00 – 13:00 horas

VII.  Requisitos de
        Presentación

  1. La solicitud debidamente elaborada la cual se describe en el apartado VII.
  2. Copia del instrumento que acredite la personalidad de su Representante Legal.
  3. Copia simple del instrumento que acredite la personalidad del solicitante.
  4. Documento que acredite al prestador de servicios en caso de contratar alguno.
  5. Plano conjunto de los puntos de generación de contaminantes (equipos, maquinaria o actividades), especificando aquellos puntos de emisión (chimeneas o ductos de descarga) que se solicita exentar, incluyendo sus coordenadas UTM WGS84.
  6. Copia de los estudios de medición directa del total de puntos de emisión a la atmosfera correspondientes a los cuatro años anteriores.
  7. Documento resumen donde acredite que no rebasa los niveles máximos permisibles.
  8. Documento donde justifique y manifieste que las emisiones de contaminantes a la atmósfera no rebasen los límites máximos permisibles establecidos en las normas correspondientes o en las normas técnicas estatales que al efecto se emitan en los procesos, actividades y equipos de combustión y que no existieron modificaciones que incrementaran las emisiones a la atmósfera.
  9. El formato deberá entregarse 180 días antes de la presentación de la Cédula de Operación Anual.
VIII. Fundamento Jurídico
Artículo 29 del Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.
OBSERVACIONES:
 
  • Escrito libre por parte de la empresa firmado por el representante legal.
  • En caso de exentar la medición directa, en dicha resolución se precisarán la vigencia y los puntos de emisión respectivos. Sin embargo, se deberán de estimar las emisiones y transferencia de contaminantes al aire mediante alguno de los métodos de estimación señalados en el artículo 4º fracción XLI del Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera, y presentar su reporte en la COA, en el período que le corresponda.
  • Las solicitudes que se recaban en las Ventanillas Únicas deberán entregarse en dispositivo USB.
  • La información y sus anexos deberá entregarse en su totalidad y con firmas autógrafas.
  • Es necesario agendar cita para el ingreso del trámite.